PREGUNTAS RECUENTES en el proceso de COMPRAVENTA


Si estás pensando en comprar o vender una propiedad en el norte del  Valle de Punilla en las Sierras de Córdoba, en UNO Bienes Raices estamos para ayudarte, asistirte y asesorarte profesionalmente

Estas preguntas surgen de las experiencia de más de 30 años de ejercicio y en particular casi 17 años operando en la zona de Capilla del monte, La Cumbre, Villa Giardino, La Falda…espero te sea de gran utilidad y beneficio.

¿Que documentación se suscribe hasta la Escritura? Normalmente son tres los documentos: Reserva,  Boleto - Venta y Escritura traslativa  de dominio.

¿Qué es la Reserva de Compra? Este  documento simplemente es una "oferta" que el oferente realiza por la propiedad en cuestión depositando una suma de dinero, y que en tanto no sea aceptada  por la parte vendedora, la operación no estará cerrada.

¿Para que sirve la reserva? Abre una instancia de negociación seria entre las partes y se retira o suspende la exposición de la propiedad en el mercado, y en algunos casos se puede transformar en figura jurídica de una seña una vez conformada la oferta por el vendedor.

Luego se comienzan los trámites preparatorios para la suscripción del Boleto de Compra Venta o de la Escritura directa (siempre posterior a la aceptación por parte del propietario del inmueble).

¿Qué pasa si el oferente/comprador se arrepiente luego de realizada la reserva?  El comprador pierde el dinero entregado de reserva si es aceptada por el propietario del inmueble. Por ello, antes de realizar una oferta por una propiedad, es importante estar muy convencido de querer realizar la compra.

¿Qué debe figurar principalmente en la reserva? El precio que el oferente/comprador desea pagar  por el inmueble, el plazo para la realización del Boleto de Compra Venta o de la Escritura, quien va a ser el escribano interviniente, como serán soportados los gastos de escritura, las deudas de servicios e impuestos a retener por el escribano y los honorarios del profesional inmobiliarios interviniente.

Ya aprobada la oferta por el propietario y comunicado ello al Comprador. ¿Cómo siguen los trámites? Normalmente con la firma del Boleto de Compra Venta, dentro del plazo de los 15 días que figuran en la misma reserva, asimismo para la escritura directa.

¿Qué porcentaje del valor de la propiedad se paga normalmente en el Boleto de Compra Venta? la parte compradora paga a cuenta de precio el 30 al 70 % del total de la compraventa. No obstante, este porcentaje varía de común acuerdo entre las partes.

¿Qué es un informe de dominio? Es un certificado emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble. Es la copia de la "ficha" de la propiedad de la que surge de la matrícula, quién es el dueño hoy y si tiene algún gravamen (hipoteca, embargo, usufructo, bien de familia).

¿Qué es un informe de Inhibiciones? También es un certificado emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble el cual dice si el vendedor no está "inhibido" para vender.

¿Y si el actual propietario según informe de dominio ha fallecido? El principio general dice que puede vender solamente quien figure como propietario en el Registro General de la Provincia de Cordoba, aunque existen algunas excepciones, ésta es una de ellas. Obviamente, con determinados requisitos. Tienen que tener tramitada la sucesión, teniendo los herederos, quienes deberán firmar el Boleto y la correspondiente escritura. También es necesario que el juez ya haya ordenado que ese bien se "inscriba" a nombre de los herederos, o en su defecto que haya autorizado su venta. De todo ello el escribano deberá dejar constancia en la escritura para que el Registro proceda a inscribírsela. A este tipo de escrituras se las llama "Ventas por tracto Abreviado", porque en el Registro se pasa de la persona fallecida al nuevo comprador, sin inscribirse el inmueble a nombre de los herederos.

¿Qué tiempo normalmente se conviene entre la firma del Boleto de Compra Venta y la Escritura? El plazo lo estipulan entre las partes de acuerdo a sus necesidades. Normalmente en la actualidad es entre 30 a 60 días.

¿Quién designa al escribano que realizará la operatoria? Normalmente el escribano selecciona el comprador en el Boleto de Compra Venta. Hay excepciones, si la compra es con financiación, en esos casos al escribano suele ser el designado acreedor, en el caso de fraccionamiento de tierras o afectación a PH.

¿Que es lo que hace del escribano en la escritura de compraventa? Asiste y asesoran a las partes. Al transcribir la escritura el escribano, normalmente verifica los antecedentes con un estudio de títulos, protegiendo al comprador de que sean auténticos los antecedentes y no tengan vicios. Una vez firmada la escritura se ocupa de inscribir el testimonio en el Registro de la Propiedad Inmueble.

¿Y los impuestos que se deben? Antes de la escritura el escribano solicitará los libre deuda de "Impuestos" que se pudieran deber (rentas provinciales, municipales, etc.). ¿Cuándo es la posesión del bien? Habitualmente el día de la escritura, se entregan las llaves y  posesión del bien. No obstante puede pactarse entre las partes.

 Espero haberte ayudado e inspirado ...hasta pronto!